Actualizado 31/10/2025.
A través de este Portal de Transparencia, la ciudadanía puede acceder a toda la información pública relativa a nuestra entidad.
Somos plenamente conscientes del derecho de la ciudadanía a conocer y evaluar nuestra gestión. Por ello, asumimos el compromiso de cumplir con la normativa vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, conforme a lo establecido en la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública.
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 12/2014, la Asociación Gull Lasègue está sujeta a las obligaciones de transparencia por ser una entidad privada que percibe ayudas o subvenciones públicas superiores a 60.000 euros anuales con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la financiación de sus actividades y funcionamiento ordinario.
Asimismo, seguimos las directrices del Comisionado de Transparencia de Canarias, organismo ante el cual cualquier persona puede presentar una reclamación si no se le concediera el acceso a la información solicitada. En caso de considerar que se ha producido un incumplimiento en materia de transparencia, la ciudadanía tiene derecho a presentar una denuncia por incumplimiento.
Todas las acciones y servicios que desarrolla la Asociación se sustentan en los valores de compromiso, confidencialidad y buen trato hacia las personas afectadas, sus familias, allegados y la sociedad en general.
En la gestión de la entidad se promueve un uso eficiente y responsable de los recursos, garantizando en todo momento la transparencia en todas las actuaciones. Asimismo, la Asociación cumple desde hace años con los requisitos de una auditoría externa anual, que avala la correcta gestión económica y administrativa de la organización.
Pinchando en los siguientes enlaces, puede consultar:
Siguiendo las recomendaciones del Comisionado de Transparencia de Canarias, la información se ha estructurado en diferentes categorías para facilitar su consulta y comprensión.
Actualizado 31/10/2025.
La Asociación Gull Lasègue fue constituida el 14 de mayo de 1999 por un grupo de progenitores de personas afectadas por Trastornos de la Conducta Alimentaria (TCA). Su creación respondió a la necesidad urgente de ofrecer intervención, asesoramiento y apoyo especializado, ante la escasez de recursos específicos destinados a la atención integral de estas patologías.
El objetivo prioritario de Gull Lasègue es mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por TCA, promoviendo una atención basada en un enfoque biopsicosocial, que contemple de manera integral los aspectos biológicos, psicológicos y sociales implicados en el proceso de recuperación.
Actualizado 31/10/2025.
a) Contribuir a la mejora de la calidad de vida de los enfermos con Anorexia y/o Bulimia y sus familias.
b) Procurar la mejora en la atención de la Anorexia y/o Bulimia, tanto en los aspectos médicos, psicológicos y sociales, tratando de motivar a sectores públicos y privados capaces de adoptar personal, material y medios organizativos para ello.
c) Contribuir a la difusión de todos los aspectos relacionados con esta enfermedad, al objeto de sensibilizar a los profesionales de la salud, educación y servicios sociales en relación con el primero de los fines de la esta asociación.
d) Fomentar el estudio sobre Anorexia y/o Bulimia, tanto en los aspectos médicos como en todos aquellos que rodean la vida del enfermo y de sus familias.
e) Contribuir a la promoción de las mujeres que afectadas por estas patologías, se encuentran en desigualdad de condiciones para afrontar la vida, y fomentar de esta manera la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
f) En aras de responder a las necesidades que en la actualidad la sociedad demanda, esta asociación, asume la inclusión, entre sus fines, de la prestación de servicios sanitarios en el ámbito del tratamiento de los trastornos de la conducta alimentaria.
g) Fomentar el desarrollo de la infancia y juventud desfavorecida a causa de la enfermedad, entre otras vías, a través de la realización de actividades y/o talleres dirigidos a este fin.
En 2025, la Asociación ha celebrado su 26 aniversario, reafirmando su compromiso y reivindicando la necesidad de una intervención coordinada, específica y especializada en el abordaje de los TCA.
Estatutos 2021 Última modificación aprobada en Asamblea General 15 de junio de 2021. Estatutos vigentes en 2025.
Actualizado 31/10/2025.
Actualizado el 31/10/2025.
→ Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
→ Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias.
→ Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
→ Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
→ Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
→ Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Actualizado 12/11/2025.
La remuneración del equipo profesional se rige según el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, según categorías, teniendo en cuenta funciones realizadas y responsabilidad.
La Asociación Gull Lasègue no está obligada a disponer de un Sistema interno de información de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, al contar con menos de 50 trabajadores.
11/11/2025
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2024.
→ Informe de Auditorías y de Cuentas Anuales 2024 pdf.
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2023
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2022
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2021
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2020
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2019
→ Informe de Auditoría y de Cuentas Anuales 2018
Actualizado 11/11/2025
En diciembre de 2023, se le comunica a la entidad que «el convenio tenía una duración inicial de un año, prorrogable automáticamente. El problema es que la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico, no permite las prórrogas tácitas o automáticas, sino que obliga a que sean expresas y por supuesto con carácter previo a la finalización del convenio.» Por lo que el mismo, deja de tener efecto, únicamente se cubren los gastos ya generados en ese año. El importe recibido por la ejecución de actividades en 2023 fue de 6.494.76€
La entidad fuera de lo expuesto anteriormente, no tiene ningún otro convenio o contrato con Administraciones Públicas.
Actualizado 12/11/2025
Para Gull Lasègue es imprescindible el apoyo económico de las administraciones públicas y privadas, pues posibilitan el desarrollo de los servicios que se ofrecen desde el mismo, permitiendo atender al mayor número de personas afectadas por TCA posible.
Actualizado 12/11/2025
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción establece la obligación de implementar un canal de denuncias internas en empresas con 50 o más trabajadores.
Teniendo en cuenta, que La Asociación Gull Lasègue cuenta con un número de empleados inferior, no está obligada a cumplir con dicha ley. No obstante, la entidad considera esencial mantener una cultura de transparencia y ética. Por lo que se aplican los principios de confidencialidad, seguridad y eficiencia en la gestión de cualquier comunicación interna que se realice.
Actualizado 12/11/2025